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Indulgencia por el Año Sacerdotal en la arquidiócesis de Tucumán

San Miguel de Tucumán, 30 Jun. 09 (AICA)

Santo Cura de Ars
El arzobispo de Tucumán, monseñor Luis Villalba, dispuso que durante el Año Sacerdotal, convocado por el papa Benedicto XVI en honor de San Juan María Vianney, los sacerdotes y demás fieles cristianos, debidamente preparados, pueden ganar indulgencia plenaria o parcial, bajo ciertas condiciones y modalidades.


La condición general para que los fieles obtengan este don, hasta el 19 de junio de 2010, es que estén “en gracia de Dios y hayan celebrado la confesión sacramental recibiendo el perdón de los pecados”. También aquellos que reciban la Santísima Comunión, recen por las intenciones del Romano Pontífice y se excluyan de cualquier apego al pecado.

En tanto, los sacerdotes podrán ganar la indulgencia plenaria si rezan con devoción al menos Laudes o Vísperas ante el Santísimo Sacramento, expuesto a la adoración pública o reservado en el sagrario, o bien que, a ejemplo de san Juan María Vianney, se ofrezcan con espíritu dispuesto y generoso a la celebración de los sacramentos, sobre todo la Penitencia.

Asimismo, se les concede la indulgencia parcial, cada vez que recen con devoción oraciones aprobadas para llevar una vida santa y cumplir santamente las tareas a ellos encomendadas.

Los fieles podrán alcanzar la indulgencia plenaria siempre que “asistan con devoción al sacrificio divino de la misa y ofrezcan por los sacerdotes de la Iglesia oraciones a Jesucristo, sumo y eterno Sacerdote, y cualquier obra buena realizada ese día, para que los santifique y los modele según su Corazón”, en las siguientes fechas.

El día de la fiesta patronal, los días de apertura y cierre del Año Sacerdotal; el 4 de agosto de 2009, día del 150° aniversario de la piadosa muerte de san Juan María Vianney, los primeros jueves de mes; durante la novena en honor de Nuestra Señora de la Merced, del martes 15 al miércoles 23 de septiembre, y el 24 de septiembre, día de la fiesta patronal.

También en la solemnidad de la Inmaculada Concepción de María: martes 8 de diciembre; todos los jueves de la Cuaresma 2010, el Jueves Santo 2010; el domingo del Buen Pastor, 4º Domingo de Pascua; y en la solemnidad del Cuerpo y Sangre de Cristo de 2010.

El arzobispo concedió además la indulgencia parcial a todos los fieles cada vez que recen con devoción en honor del Sagrado Corazón de Jesús cinco padrenuestros, avemarías y glorias, u otra oración aprobada específicamente, para que los sacerdotes se conserven en pureza y santidad de vida.

En tanto, a los impedidos por una causa legítima: enfermos encarcelados, ancianos o minusválidos, monjes y monjas de clausura, etc., se les concede la indulgencia plenaria “si con el espíritu desprendido de cualquier pecado y con la intención de cumplir, en cuanto les sea posible, las tres acostumbradas condiciones, en su casa o donde se encuentren a causa de su impedimento, en los días antes determinados rezan oraciones por la santificación de los sacerdotes, y ofrecen con confianza a Dios, por medio de María, Reina de los Apóstoles, sus enfermedades y las molestias de su vida”.+

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