El Análisis: Hugo Chávez, o la peligrosa historia de un tirano que no conoce límites

La Asamblea Nacional de Venezuela procura por estos días dar legalidad a un proyecto de gravísimas consecuencias sociales que trazaría nefastos precedentes en lo que a derechos humanos implica en el contexto de la legislación internacional.

La nueva Ley de Educación venezolana pretende introducir la figura de la Organización de Círculos Infantiles mediante la cual se propende, ni más ni menos a la destrucción total y absoluta por parte del Estado de la Patria Potestad con el consecuente ataque directo a los derechos de los menores venezolanos a vivir y ser educados en libertad por sus padres; y a la de todo padre y madre venezolano a educar en un contexto familiar a su descendencia.


La noticia, que se difundió profusamente en los pocos medios de comunicación no adictos al regimen recalcitrante de Chávez, no deja de promover al espanto.

El artículo tercero del proyecto de la nueva Ley de Educación manifiesta: “a partir de la vigencia de la presente ley, la patria potestad de las personas menores de 20 años será ejercida por el Estado a través de las persona u organizaciones en que este delegue facultad”.

Hugo Chávez, cual mandamás per eternum de un país que ha arruinado a sabiendas, procura lisa y llanamente poner en manos del Estado lo que en en contexto del Derecho Internacional se reconoce como una facultad indelegable de los padres.

El artículo 4 es aún más escandaloso: “Todo menor de edad permanecerá al cuido o al cuidado de sus padres hasta tanto cumpla la edad de 3 años, pasados los cuales deberá ser confiado para su educación física y mental así como para capacidad cívica a la organización de círculos infantiles, organismo que por esta Ley queda facultado para disponer la guarda y cuidado de la persona y el ejercicio de la patria potestad de estos menores. La organización de círculos infantiles dictará las previsiones necesarias para que todo menor de edad comprendido entre los 3 y los 10 años permanezca en el estado donde residen los padres y procurando que sea tenido en el domicilio donde residen los mismos no menos de dos días al mes para que no pierdan contacto con el núcleo familiar. Pasados los 10 años todo menor podrá ser asignado para su instrucción futura y capacitación cívica al lugar que más apropiado sea para ellos tomando en cuenta los más altos intereses de la Nación…”.

Sin lugar a dudas impera una severa reconvención por parte del contexto de las Naciones a esta tropelía disfrazada de legislación en un Estado que suena al son de un tirano disfrazado de presidente y que, visto está, no ha de cejar esfuerzos en virar los destinos de toda una sociedad hacia la cumbre de sus más altos y oscuros intereses políticos.

Así reflejaron la noticia algunos medios de comunicación (audio)

Xavier M. Ferrera Peña